"El término empleador está originado en la relación de trabajo. El empleador es aquel que crea uno o varios puestos de trabajo y los ofrece con el fin de que sean ocupados por trabajadores bajo su mando, y a través de un contrato de trabajo.
En algunas ocasiones se confunde "empleador" con "empresa", aunque estrictamente los términos difieren considerablemente, porque la empresa también está integrada por los trabajadores que pertenecen a ella, a la vez que la expresión incluye los activos de la misma y empleados jerárquico (gerentes y directores) que no son empleadores.
El término "empleador" también se identifica con "capitalista" o "inversor". Sin embargo ambos también registran diferencias notables, desde el momento que un capitalista o un inversor, suelen no conocer en detalle la gestión de las empresas en las que invierten, e incluso pueden ser personas sin capacidad jurídica (niños, inhabilitados, etc.).
El empleador, a diferencia del trabajador, puede ser tanto una persona física como una persona jurídica.
Por definición, la función primordial de un empleador es crear, mantener y ofrecer empleo, en el sentido de puestos de trabajo. Ese empleo debe ser libre y decente.Las funciones económicas y sociales del empleador, pueden eventualmente entrar en colisión con las funciones del inversor o capitalista, cuyo objetivo principal no es crear y mantener puestos de trabajo, sino obtener una ganancia sobre el capital invertido. Como en algunas ocasiones es posible obtener ganancia destruyendo empleo, las funciones de uno y otro, en este caso entran en conflicto. En muchas ocasiones el empleador y el inversor suelen ser la misma persona, o aquél depender de éste."
TOMADO DE : https://es.wikipedia.org/wiki/Empleador
DENTRO DE LOS TÉRMINOS A IDENTIFICAR COMO EMPLEADOR ESTÁN:
- PERIODO DE PRUEBA: Es la etapa inicial de un cotnrato de trabajo el cual tiene por objeto apreciar las aptitudes del trabajador y por parte de éste, la convivencia de las condiciones de trabajo.
- DURACIÓN: No se puede exceder de 6 días (2 meses), en los contratos a términso fijo inferior a un año, el periodo de prueba no puede ser superior al quinta parte de su contrato, sin exceder el tiempo legal.
- Si el empleador y trabajador celebran contratos de trabajo sucesivos, no es válida la estipulación del período de prueba, excepto para el primer contrato.
SALARIO MÍNIMO: Es un derecho de todo trabajador el cual debe permitirle cubrir todas sus necesidades, las de su familia en el orcen material, moral y cultural.
entre ambas partes pueden elegir el salario, siempre y cuando sea respetado el salario mínimo legal el cuan debe ser notificado anualmente.
JORNADA DE TRABAJO: Es un convenio entre las partes cuya duración es de 8 horas diarias (máximo 10) las cuales deben repartirse entre los días de la semana para cumplir un total de 48 horas semanales.






